Las medidas de un montacargas dependen principalmente de para qué lo vas a usar. No es lo mismo un montacargas para una vivienda familiar que uno para un restaurante o una nave industrial. Cada uso tiene sus propios estándares de dimensiones, capacidad de carga y normativa aplicable.
Montacargas doméstico o elevador de velocidad reducida
Para uso residencial, los montacargas domésticos tienen dimensiones similares a las de los ascensores unifamiliares pequeños. Los rangos más habituales son:
| Uso | Medida de cabina | Capacidad |
|---|---|---|
| 1 a 2 personas (uso básico) | 80 x 100 cm | 250 kg |
| 2 a 3 personas (uso estándar) | 100 x 125 cm | 300 a 400 kg |
| Accesible (silla de ruedas) | 110 x 140 cm | 400 a 500 kg |
El hueco necesario en cada caso supera en unos 15 a 20 cm las medidas de la cabina en cada dimensión.
Montacargas para hostelería y restauración
Los montaplatos y montacargas para restaurantes tienen dimensiones mucho más reducidas porque solo transportan bandejas, platos o pequeñas cargas. Sus medidas más habituales son:
| Tipo | Dimensiones de cabina | Carga máxima |
|---|---|---|
| Montaplatos pequeño | 40 x 40 cm | 50 a 100 kg |
| Montaplatos mediano | 60 x 60 cm | 100 a 200 kg |
| Montacargas de cocina | 80 x 80 cm | 200 a 300 kg |
Estos equipos no están diseñados para el transporte de personas y tienen una normativa diferente, más cercana a los aparatos de manutención que a los elevadores.
Montacargas industrial
Para naves, almacenes o talleres, las dimensiones crecen considerablemente en función de la carga y el tipo de mercancía que se va a transportar:
| Tipo | Plataforma aproximada | Carga máxima |
|---|---|---|
| Industrial ligero | 100 x 150 cm | 500 a 1.000 kg |
| Industrial estándar | 150 x 200 cm | 1.000 a 2.000 kg |
| Industrial pesado | 200 x 250 cm o más | Más de 2.000 kg |
¿Qué determina las medidas en cada caso?
Las dimensiones de un montacargas las marcan principalmente tres factores: el tipo y volumen de lo que se va a transportar, la frecuencia de uso prevista y el espacio disponible en el edificio. Para los modelos industriales también influye si tiene que acceder maquinaria como carretillas o transpaletas.
Normativa aplicable
Los montacargas para personas o elevadores de velocidad reducida se rigen por la norma EN 81-41, que es menos restrictiva que la que aplica a los ascensores convencionales. Los montacargas exclusivamente para mercancías, sin acceso de personas, se rigen por la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. En todos los casos es necesaria la inspección periódica por un organismo de control autorizado.


