Medidas de un montacargas: dimensiones según el tipo y el uso

Las medidas de un montacargas dependen principalmente de para qué lo vas a usar. No es lo mismo un montacargas para una vivienda familiar que uno para un restaurante o una nave industrial. Cada uso tiene sus propios estándares de dimensiones, capacidad de carga y normativa aplicable.

Montacargas doméstico o elevador de velocidad reducida

Para uso residencial, los montacargas domésticos tienen dimensiones similares a las de los ascensores unifamiliares pequeños. Los rangos más habituales son:

UsoMedida de cabinaCapacidad
1 a 2 personas (uso básico)80 x 100 cm250 kg
2 a 3 personas (uso estándar)100 x 125 cm300 a 400 kg
Accesible (silla de ruedas)110 x 140 cm400 a 500 kg

El hueco necesario en cada caso supera en unos 15 a 20 cm las medidas de la cabina en cada dimensión.

Montacargas para hostelería y restauración

Los montaplatos y montacargas para restaurantes tienen dimensiones mucho más reducidas porque solo transportan bandejas, platos o pequeñas cargas. Sus medidas más habituales son:

TipoDimensiones de cabinaCarga máxima
Montaplatos pequeño40 x 40 cm50 a 100 kg
Montaplatos mediano60 x 60 cm100 a 200 kg
Montacargas de cocina80 x 80 cm200 a 300 kg

Estos equipos no están diseñados para el transporte de personas y tienen una normativa diferente, más cercana a los aparatos de manutención que a los elevadores.

Montacargas industrial

Para naves, almacenes o talleres, las dimensiones crecen considerablemente en función de la carga y el tipo de mercancía que se va a transportar:

TipoPlataforma aproximadaCarga máxima
Industrial ligero100 x 150 cm500 a 1.000 kg
Industrial estándar150 x 200 cm1.000 a 2.000 kg
Industrial pesado200 x 250 cm o másMás de 2.000 kg

¿Qué determina las medidas en cada caso?

Las dimensiones de un montacargas las marcan principalmente tres factores: el tipo y volumen de lo que se va a transportar, la frecuencia de uso prevista y el espacio disponible en el edificio. Para los modelos industriales también influye si tiene que acceder maquinaria como carretillas o transpaletas.

Normativa aplicable

Los montacargas para personas o elevadores de velocidad reducida se rigen por la norma EN 81-41, que es menos restrictiva que la que aplica a los ascensores convencionales. Los montacargas exclusivamente para mercancías, sin acceso de personas, se rigen por la Directiva de Máquinas 2006/42/CE. En todos los casos es necesaria la inspección periódica por un organismo de control autorizado.

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